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Protegiendo a los Menores Inmigrantes de la Deportación: Lo que Necesita Saber sobre el SIJS

Virtual (en línea)5 min de lectura
"El Estatus Especial de Inmigrante Juvenil (SIJS) puede proteger a un menor inmigrante de la deportación y abrirle la puerta a la residencia permanente. Pero en Carolina del Norte, el tiempo es más crítico de lo que muchas familias creen."

Si el menor bajo su cuidado tiene 17 años o más, el tiempo es crítico — la orden de custodia en Carolina del Norte debe completarse antes de los 18 años.

Muchos menores de edad llegan a los Estados Unidos huyendo de situaciones difíciles en sus países de origen. Para los padres, familiares y tutores que los reciben aquí, el objetivo principal es claro: protegerlos de la deportación y darles la oportunidad de acceder a un estatus migratorio legal que les permita construir una vida mejor y más segura.

Afortunadamente, existe una vía legal llamada Estatus Especial de Inmigrante Juvenil (SIJS) — conocida coloquialmente como "visa juvenil" — que puede ofrecerles la oportunidad de obtener residencia legal permanente (Green Card). Sin embargo, navegar este proceso puede ser complejo, y existe un detalle crucial sobre la edad que muchas familias desconocen hasta que es demasiado tarde.

¿Qué es el Estatus Especial de Inmigrante Juvenil (SIJS)?

El Estatus Especial de Inmigrante Juvenil (SIJS) es un programa del gobierno federal de los Estados Unidos diseñado para proteger a menores inmigrantes que no pueden reunificarse con uno o ambos padres debido a abuso, abandono o negligencia en su país de origen. A este proceso también se le conoce coloquialmente como "visa juvenil", aunque técnicamente no es una visa sino un estatus migratorio que puede llevar a la residencia permanente.

Para solicitarlo, el primer paso — y el más importante — es acudir a una corte estatal de familia para que un juez emita una orden de custodia (orden predicada). El juez debe determinar que el menor ha sufrido abuso, abandono o negligencia por parte de uno o ambos padres, y que no es en su mejor interés regresar a su país.

El Factor Más Crítico: La Edad del Menor en Carolina del Norte

Aquí es donde muchas familias cometen un error bien intencionado pero irreversible. Es común escuchar que los jóvenes tienen hasta los 21 años para solicitar el SIJS ante inmigración. Si bien esto es cierto a nivel federal, el proceso en Carolina del Norte tiene un límite de edad mucho más estricto.

Para que inmigración acepte el caso, primero se necesita esa orden de custodia de un juez estatal. Y en Carolina del Norte, las cortes de familia pierden la autoridad para emitir órdenes de custodia en el momento exacto en que el menor cumple 18 años.

Etapa del ProcesoLímite de EdadJurisdicción
Orden de Custodia — Corte de Familia (URGENTE)Antes de los 18 añosCarolina del Norte
Petición I-360 ante USCISAntes de los 21 añosFederal (USCIS)

¿Por qué hay tanta urgencia?

El proceso en la corte de familia toma tiempo. Hay que preparar documentos, notificar a los padres biológicos (incluso si están en otro país), y esperar la fecha de audiencia. Esto puede tardar varios meses.

Si el menor bajo su cuidado ya tiene 17 años, el tiempo corre en su contra. Si cumple 18 años antes de que el juez de Carolina del Norte firme la orden, perderá definitivamente la oportunidad de solicitar el SIJS, sin importar que la ley de inmigración permita hasta los 21 años. Actuar con rapidez es absolutamente vital para protegerlos de la deportación.

¿Quién puede ayudar a un menor?

Usted no tiene que ser un familiar biológico para ayudar. Si usted es un familiar, un amigo cercano, o simplemente un adulto responsable que está cuidando de un menor inmigrante en esta situación y desea darle una vida mejor, usted puede dar el paso al frente para solicitar la custodia y abrirle la puerta al Estatus Especial de Inmigrante Juvenil (SIJS).

No importa si usted no tiene estatus legal en los Estados Unidos.

Ni siquiera hace la diferencia si el menor tiene una orden de deportación. Puede calificar igual.

El menor debe tener menos de 18 años en Carolina del Norte para obtener la orden de custodia.

Debe haber sufrido abuso, abandono o negligencia por parte de uno o ambos padres.

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Formato

Virtual (en línea)

Presentado por

Abogada Valeria Cesanelli

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Nota: Esta clase está diseñada para personas con un asunto de derecho familiar en Carolina del Norte. Si su situación es exclusivamente de inmigración sin un componente de custodia, le recomendamos consultar con un abogado de inmigración.

La información contenida en este artículo es de carácter educativo y no constituye asesoría legal. Cada caso es diferente. Para recibir orientación sobre su situación específica, comuníquese con nuestra oficina. Divorcio Latino — Carolina del Norte.
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